El pasado 2 de noviembre se celebró en la Audiencia Nacional el juicio contra el grupo de rock vasco Soziedad Alkoholika. Durante el mismo, la Fiscalía y la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) pidieron al tribunal la inhabilitación como músicos de los miembros de la banda por considerar que varias de sus canciones contienen expresiones ofensivas que constituyen una “humillación” y “desprecio” para las víctimas de ETA, así como una justificación de sus atentados.
Los cinco miembros del grupo, Juan Aceña, Roberto Miguel Castresana, Jesús Jiménez, Fernando Rodríguez y Javier García, y su representante, Fernando Echávarri, podían ser condenados, según la petición de la Fiscalía, a un año y medio de cárcel e igual período de parálisis profesional obligado. Por su parte, el abogado de la AVT reclamaba que ambas penas fueran elevadas a dos años, el máximo que autoriza el Código Penal.
Por su parte, el abogado defensor de los músicos, José Galán, utilizó como argumento que era muy difícil entender que se llevara a juicio el ejercicio de la libertad de expresión. En consecuencia, reclamó al tribunal la absolución de sus seis defendidos. Durante la vista, los acusados se negaron a responder a las preguntas de la fiscal y del abogado de la AVT, aunque afirmaron, como ya habían hecho en decenas de ocasiones, que ninguno de los integrantes apoya a ETA ni tiene nada que ver con ella.
Finalmente, el día 22 del mismo mes, la Sala Primera de Lo Penal de la Audiencia Nacional hizo pública su sentencia, en la cual se absolvía a los cinco integrantes de la banda y a su manager de los delitos de enaltecimiento del terrorismo y menosprecio a sus víctimas. En el texto, el tribunal recuerda que los integrantes de Soziedad Alkoholika han manifestado en diversas ocasiones que “repudian” las acciones de ETA y “se muestran contrarios a todo tipo de violencia”. Además, según la sentencia, en una entrevista del año 2000, afirmaron que no apoyan la existencia de ningún grupo armado en una democracia y que “ser vasco y tener canciones en contra de la Policía y contra lo que no nos gusta, no es lo mismo que apoyar a ETA”.
Una vez conocida la sentencia, la Fiscalía anunció que no tiene intención de recurrir el fallo judicial. No mantienen la misma opinión los servicios jurídicos de la AVT, los cuales, mediante un comunicado, anunciaron que recurrirán la decisión de la Audiencia Nacional porque el hecho de que la formación haya actuado en conciertos a favor de presos de ETA es un elemento “relevante sobre la forma de pensar y las motivaciones que mueven a este grupo a colaborar con según que fines”.